Corría el año 2013 cuando el Tribunal Supremo español se decantó por primera vez en su Sentencia 241/13 de 9 de Mayo a favor de declarar abusivas las clausulas suelo de las hipotecas. A partir de la misma, llegaron la del 8 de Septiembre de 2014, 24 de Marzo de 2015 y 25 de Marzo de 2015 -todavía ni siquiera había salido la del TJUE de 21 de Diciembre de 2016 que acordó la retroactividad total- . La Banca, que no es tonta, reaccionó y a partir de 2013 se puso a estudiar como minimizar el impacto económico que le iba a suponer tener que eliminar la cláusula suelo de 9 millones de hipotecas y, al mismo tiempo, tener que devolver tantísimo dinero a sus clientes.
De repente, ¡Eureka!, se le ocurrió una idea brillante a poner en practica empleada por Caja Rural y Banco Popular, entre otros: llamar por teléfono a los clientes y citarlos en las oficinas y una vez allí, hacerles firmar documentos privados en el que le rebajaban la suelo 1 o 2 puntos –un ejemplo, del 3.50% se lo ponían en 2.50%- , y a algunos le eliminaron la cláusula suelo de su hipoteca; ambos ofrecimientos, -rebaja o eliminación-, estaban condicionados a que el cliente renunciase a reclamar judicialmente los atrasos que el Banco les debía por aplicación injusta de la suelo durante muchos años.
Pero el Banco seguía siendo un muy buen negocio porque se ahorraban un pastizal en indemnizaciones e intereses. Y para el cliente era la única salida a su angustiosa y desesperada situación económica, ya que muchos no llegaban a final de mes. Situación económica angustiosa de la que los Bancos, una vez más, se aprovecharon y lucraron. Sea por uno u otro motivo, el hecho demostrado es que miles de clientes “tragaron” con esta oferta que se vendía como la panacea. El precio que pagaron fue demasiado alto: a cambio de la rebajita o de la eliminación de la cláusula suelo, tuvieron que renunciar a reclamar judicialmente a su Banco los atrasos por cobros indebidos por clausulas suelo desde el primer día de su hipoteca. El colectivo –que se estima excede del millón de personas, según Asociaciones de Consumidores-, tenía desde entonces asumido e interiorizado que no les correspondía ni podían reclamar ese dinero a su Banco. Pero esto ya no es así.
El TS sentenció el 17/10/2017 que un acuerdo con el Banco no convalida una clausula suelo nula, lo cual es un verdadero pelotazo que abre la puerta a la reclamación de miles de consumidores que ya daban ese dinero por perdido. Ahora, el hecho de haber pactado con el Banco una mejora en las condiciones -lo dicho, me bajas la cláusula suelo del 3.50% al 2.50% por ejemplo-, no será tenido en cuenta si la cláusula es nula de pleno derecho. Estoy llorando de alegría y embargado por la emoción. No se pueden ustedes ni imaginar la cantidad de criaturas en situación económica rozando el umbral de exclusión, aquí mismo en Cádiz y en Jerez, sin ir más lejos, de los que los Bancos se aprovecharon y le hicieron firmar este tipo de acuerdos. Ahora el TS pone las cosas en su sitio y le da la vuelta a la tortilla.