“Aún el hombre necio y rudo labrador dineros le convierten en hidalgo doctor; cuanto más rico es uno, más grande en su valor, quien no tiene dineros no es de sí señor. Y si tienes dinero, tendrás consolación, Placeres y alegrías y del Papa la ración Comprarás paraíso, ganaras la salvación: Donde hay mucho dinero, hay mucha bendición”. Arcipreste de Hita.
Con toda seguridad, podemos afirmar que la reciente crisis del sistema financiero español tuvo su precedente en lo ocurrido con Banesto, que fue en su día el rescate bancario más importante de España. En ese año 1993, el Banco de España acordó la intervención de Banesto debido a la situación financiera que presentaba la entidad que acumulaba entonces un agujero patrimonial de 500.000 millones de pesetas, consecuencia de la gestión de Mario Conde y su equipo.
En el 2012 ha sido la reciente intervención de Bankia, que fue el resultado de la fusión de 7 cajas. Bankia recibió 17.959 millones de euros del Mecanismo Europeo de Estabilidad (Mede) más otros 4.465 millones de FROB en 2013.
Y la tercera gran entrega ha sido la intervención del Banco Popular por parte de la Junta Única de Resolución (JUR), el 6 de junio de 2017, tras declarar la inviabilidad de la entidad, declarando ese mismo día la resolución de la entidad por las graves dificultades que presentaba y la venta de todo el Banco Popular por un solo euro al Banco Santander. Con la gravísima decisión y ruina para los clientes de amortizar todas las acciones del Banco Popular con lo que se quedaron sin nada, tanto los accionistas como los tenedores de Bonos.
Estamos hablando, así a lo tonto lo tonto, de 305.000 afectados que se han quedado con una mano delante y otra detrás, y además sin comerlo ni beberlo. Pues bien, como paso en Bankia, a este caso del Banco Popular los abogados especializados en derecho bancario les llamamos coloquialmente “el caso Bankia II” puesto que ya son hasta 8 Audiencias Provinciales del país- Girona, Córdoba, Madrid, Valladolid, Vizcaya, Bilbao, Oviedo y Cáceresal que han dado la razón a los afectados, tanto si son consumidores como empresas, obligando al banco Santander a indemnizar a los afectados por el importe del valor de sus acciones o bonos. Tanto si son consumidores como empresas, los Tribunales españoles fallan a favor de los afectados porque a la hora de contratar estas acciones-bonos Banco Popular no les informo de su situación económica real, intentando engañarlos presentado una contabilidad maquillada por la Auditora PwC.
Los inversores confiaron en el prestigio del Banco y pusieron en esas acciones y bonos todas sus ilusiones y sus ahorros, convencidos de que si el Banco de España lo respaldaba, todo iba bien. Los inversores están recuperando su dinero porque los jueces consideran probado que no se dio toda la información. ¡Enhorabuena!

Publicado en Viva Cádiz – Andalucia Información.
José Luis Ortiz Miranda.
Bufete Ortiz Abogados.